Contribuirá a financiar los costos en que se incurren por los servicios de Control Sanitario Internacional que realizan las autoridades de Salud Pública en los aeropuertos, puertos y marinas internacionales de Cuba para aplicar las medidas higiénico-sanitarias de atención a las personas que arriben al territorio nacional, como parte de las acciones contra la propagación internacional de las enfermedades.
La Gaceta Oficial de la República de Cuba, en su edición No. 64 Extraordinaria, con fecha 14 de noviembre de 2020, publicó la Resolución No. 293-2020, en vigor a partir del 1º. de diciembre del mismo año, que establece una tasa sanitaria por los servicios de Control Sanitario Internacional que realizan las autoridades de Salud Pública en los aeropuertos, puertos y marinas internacionales a las personas que arriben al territorio de Cuba, para prevenir la propagación internacional de las enfermedades. (Más información)