Regulan los principios y mecanismos que garantizan la producción industrial de los alimentos y las bebidas en Cuba, así como el procedimiento para el control de su cumplimiento, con el objetivo de estimular su correcta aplicación en todos los sectores, incluidas las formas de gestión no estatal.
En la Edición Ordinaria No. 84 del 26 de noviembre de 2020 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba fueron publicados un conjunto de normas jurídicas relacionadas con el ordenamiento legislativo que implementa la política de producción industrial de los alimentos y las bebidas en el país e instituyen las atribuciones del Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, en relación con estos procederes, en colaboración con los ministerios de la Industria Alimentaria y de la Agricultura.
Esas normas. que constituyen el respaldo legal de la política en cuestión, están integradas por:
- Decreto 22 de 2020 del Consejo de Ministros “De la Producción Industrial de Alimentos y Bebidas”. Tiene por objeto establecer los principios que rigen la producción industrial de los alimentos y las bebidas en todos los sectores, incluidas las formas de gestión no estatal; las atribuciones del Ministerio de la Industria Alimentaria como organismo rector de esta actividad; las regulaciones concernientes al “Programa de Desarrollo para la Industria Alimentaria”, a los productores industriales, las fábricas productoras de alimentos y bebidas, y al “Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas”; así como las medidas administrativas a aplicar cuando se producen infracciones de lo que en este Decreto y sus disposiciones normativas complementarias se establece.
- Resolución 106 de 2020 del Ministerio de la Industria Alimentaria que aprueba el Reglamento del Decreto 22 “De la Producción Industrial de Alimentos y Bebidas”. Este Reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones para la producción industrial de los alimentos y las bebidas en todos los sectores, incluidas las formas de gestión no estatal.
- Resolución 107 de 2020 del Ministerio de la Industria Alimentaria «Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas”. Dispone la creación del Registro en que se inscriben con carácter obligatorio todas las personas naturales o jurídicas cubanas o extranjeras procesadoras de alimentos y bebidas reguladas en el Artículo 11 del Decreto 22 “De la producción industrial de alimentos y bebidas”. Concede a este, además, la atribución de emitir las correspondientes certificaciones sobre el otorgamiento, modificación, renovación, suspensión, limitación de la vigencia o cancelación de la “Licencia de Producción Industrial de Alimentos y Bebidas” y la “Licencia Especial para la Producción de Ron Cubano de Exportación” en la República de Cuba a las personas que se mencionan en el apartado Segundo de la presente Resolución, en los términos y condiciones que se dispongan en su Reglamento.
- Resolución 108 de 2020 del Ministerio de la Industria Alimentaria “Reglamento del Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas”. Tiene como objeto establecer las disposiciones para el funcionamiento y organización del “Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas”, como un Registro Público de Permisos y Licencias, organizado de forma informatizada, de carácter central. Comprende las responsabilidades y acciones a ejecutar por cada una de las partes involucradas y el procedimiento para presentar las solicitudes de inscripción previo a la obtención de las licencias.
Este conjunto de instrumentos legislativos entra en vigor en un plazo de ciento ochenta días naturales posteriores al 26 de noviembre de 2020, fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
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