Estatutos

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: La Sociedad Cubana de Alergología se regirá por las disposiciones de la Ley 54, Ley de Asociaciones, de fecha 27 de Diciembre de 1985.

SEGUNDA: Los Registros de  Asociaciones ejercerán las funciones de control, supervisión  e inspección  de la Sociedad que se regulan en este Reglamento General, de conformidad con lo establecido en la Ley de Asociaciones y su Reglamento.

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